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martes, 7 de julio de 2009

Presentan nuevo proyecto que endurece sanciones contra el maltrato animal


Como “poesía jurídica” calificaron los representantes de la Coalición por el Control Etico de la Fauna Urbana (CEFU), que agrupa a más de 40 organizaciones ciudadanas (entre ellas a UDDA), la actual legislación de protección animal, dado que –entre otras cosas- no permite que organizaciones proteccionistas emprendan acciones legales en caso de maltrato.

En esta línea, el diputado Fulvio Rossi (PS) y representantes de CEFU presentaron esta mañana un proyecto de ley que apunta a subsanar las deficiencias de los cuerpos legales anteriores, de modo de acercar a Chile a los estándares internacionales, que establecen sistemas de “protección de los animales como seres sintientes no humanos”.

Así, la iniciativa modifica el Código Civil, estableciendo que: “Los animales no son cosas, corresponden a una categoría intermedia entre persona y cosa, son seres sintientes no humanos. Sin embargo, podrán ser objeto de derechos según el régimen jurídico de los muebles, con las limitaciones y sanciones que establezca la legislación vigente”.

El texto sostiene también que “el que cometiere actos u omisiones de maltrato o crueldad con animales, será castigado con la pena de presidio menor en su grado medio y multa de cuatro a veinte unidades tributarias mensuales, además del comiso del animal objeto del delito…Asimismo, el abandono constituye delito de maltrato o crueldad con animales”. El proyecto, a su vez, establece como un agravante que el autor del maltrato sea al mismo tiempo su cuidador o protector.

Pero uno de los avances más fundamentales contenidos en la iniciativa es la posibilidad de que los médicos veterinarios tengan la obligación de denunciar los actos de maltrato cuando tengan evidencias de ellos. Y establecer la facultad de querellarse a las organizaciones civiles que tengan por finalidad la protección animal.

El diputado Rossi destacó especialmente este último punto debido a que la actual legislación señala que sólo está facultado para querellarse el dueño del animal.

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